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La agencia de desarrollo local informa sobre la apertura de la nueva subvención a incentivos

La agencia de desarrollo local informa sobre la apertura de la nueva subvención a incentivos

TORREJONCILLORecientemente se acaba de abrir una nueva concovocatoria de ayudas a fondo perdida que aglutina varias medidas y la convocatoria de Pymes. En resumen se establecen las siguientes modalidades de ayuda:

— Subvenciones por Actividad. Será aquella que pueda recibir una empresa teniendo en cuenta el sector de actividad en el que esté operando o vaya a operar.sólo es subvencionable para las actividades:

– Industrias extractivas y transformadoras de minerales no energéticos y productos derivados.

— Industrias transformadoras de los metales. Mecánica de precisión.

— Otras industrias manufactureras.

— Industrias de recuperación de productos, siempre que tengan carácter industrial y que conlleven un proceso

productivo que desemboque en un producto semielaborado o totalmente elaborado.

— Servicios de Hospedaje: de acuerdo con lo establecido en el Capítulo III del Título II de la Ley 2/2011, de 31

de enero, de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura, se subvencionarán las siguientes

modalidades: Hoteles, hoteles-apartamentos, hostales, pensiones, hoteles balnearios, albergues turísticos,

campamentos de turismo, hoteles rurales y chozos turísticos. En el caso de Hostales y Pensiones, todas las

habitaciones deberán disponer de aseo.

— Guarderías.

— Residencias geriátricas

— Subvenciones por Relevo Generacional. Será aquella que pueda recibir una empresa que suponga la continuación de un establecimiento que de otra forma hubiese cerrado siempre que el motivo de ese cierre sea la jubilación, incapacidad permanente o fallecimiento de su titular.Para las actividades de:

– Industrias extractivas y transformadoras.

— Transformación y comercialización de productos agrarios, salvo que las normas sectoriales dispongan otra cosa.

— Artesanía.

— Reciclaje.

— Comercio.

— Telecomunicaciones, medios audiovisuales y sociedad de la información.

— Servicios.

— Subvenciones complementarias a la línea de Incentivos Regionales. Será aquella que pueda recibir una empresa que ya tuviese concedida una subvención por la línea de Incentivos Regionales.

— Subvenciones por Financiación Externa. Será aquella que pueda recibir una empresa por haber recurrido a la financiación externa para acometer el proyecto de inversión subvencionado.

La modalidad de subvención por financiación externa será compatible con cualquiera de las otras modalidades. En estos supuestos, el importe del proyecto de inversión considerado como coste subvencionable y sobre el que se calculará la subvención deberá ser el mismo que el de la otra modalidad de subvención a la que se acoja.Para las actividades de:

– Industrias extractivas y transformadoras.

— Transformación y comercialización de productos agrarios, salvo que las normas sectoriales dispongan otra cosa.

— Artesanía.

— Reciclaje.

— Comercio.

— Telecomunicaciones, medios audiovisuales y sociedad de la información.

— Servicios.

El resto de las modalidades serán incompatibles entre ellas.

La cuantía de la subvención se determinará aplicando los criterios de valoración previstos para cada modalidad de subvención.

La subvención máxima que puede concederse a un proyecto de inversión se establece en un 45 % en términos de ESB (Equivalente de Subvención Bruto). No obstante, en el caso de que el beneficiario de la ayuda fuese una gran empresa o una mediana empresa ese porcentaje no podrá sobrepasar el 25 % o el 35 % respectivamente.

De acuerdo con la valoración de las distintas modalidades de ayudas, el exceso sobre estos porcentajes máximos que pudiera obtener una empresa se minorará en primer lugar, y siempre que sea posible, de la subvención concedida en la modalidad de financiación externa.

Las subvenciones concedidas en las modalidades de subvención por Actividad, por Relevo Generacional y Complementarias a la línea de Incentivos Regionales no podrán recibir otras ayudas cofinanciadas con cargo al FEADER o al FEMP.

MAS INFORMACION EN: http://ciudadano.gobex.es/web/portal/tramites-detalle-empresas/5489/cuantia#pest

Para todos aquellos que estais a la espera de la ayuda de autonomos, deciros que aún está pendiente apertura convocatoria

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Existen unas normas que se deben cumplir, por favor leelas antes.

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