El Ayuntamiento de Torrejoncillo modifica las tasas por prestación de servicios o realización de actividades del Cementerio Municipal
Añade un nuevo apartado en relación al cual habrá que pagar 50 € por las obras de apertura y cerramiento de nichos a causa de un entierro. Esta permuta fue aprobada en el pasado pleno ordinario del mes de abril.
El consistorio torrejoncillano, en sesión plenaria ordenaria celebrada el pasado 26 de abril de 2013, modificó la ordenanza reguladora de la tasa por prestación de servicios o realización de actividades relativas al Cementerio Municipal.
De este modo, en relación a las bases y tarifas, la cuota anual queda fijada en 7,21 € por la vigilancia y limpieza de los nichos vacíos, no contribuyéndose por este este concepto si los nichos se encuentran ocupados.
Debido a ello, todos aquellos vecinos interesados podrán devolver al Ayuntamiento los derechos sobre aquellos nichos vacíos de los que sean titulares percibiendo el 90% de su valor actual y no contribuyendo a partir del próximo ejercicio (2014), por el importe de la tasa citada anteriormente.
Asimismo, añade un nuevo concepto en este apartado por el que obliga a pagar una cantidad de 50 € en relación a las obras de apertura y cerramiento de nichos a causa de un entierro.
La modificación fue aprobada por unanimidad en el citado Pleno Ordinario.
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SUBIDA DEL I.B.I. Y DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL PARQUE DE MAQUINARIAS DE LA MANCOMUNIDAD
Asimismo, en el ejercicio 2013 se ha visto modificada la tasa urbana respecto al Impuesto de Bienes Inmuebles, la cual aumenta en un 10% ascendiendo ahora al 0,66% respecto al 0,6% del año anterior. Esta tasa se ha visto incrementada en un 57% respecto al ejercicio 2008, cuando la misma se reducía entonces al 0,42%.
Hay que citar también la modificación en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de Parque de Maquinarias, perteneciente en este caso a la Mancomunidad Integral «Rivera de Fresnedosa», la cual se acordó en el pleno celebrado el pasado 26 de febrero de 2013.
Así, fue objeto de modificación el apartado relacionado con la cuota tributaria y tarifas, de manera que la cantidad a liquidar y exigir, en concepto de cuota tributaria de este servicio se obtendrá por aplicación de las siguientes tarifas para los municipios pertenecientes a la mancomunidad:
- Parque completo: 450 €/día
- Retroexcavadora: 160 €/día
- Rulo: 150 €/día
- Camiones: 150 €/día
- Motoniveladora: 160 €/día
Además se fijaron las horas por trabajador, cuando este sea necesario para conducir camiones o furgonetas a razón de 17,95 €. El importe a repercutir se realizará en base al número de maquinarias y días de utilización de cada municipio, debiéndose abonar el 50% del coste previsto antes de su utilización.
Por su parte, para los municipios que no pertenecen a la mancomunidad, el precio por el parque completo asciende a 600 €/día, siendo el transporte del rulo y el gasoil por cuenta del ayuntamiento solicitante. Asimismo se debe abonar el 50% por adelantando y el otro al finalizar los trabajos, no permitiendo nuevas actuaciones con deudas pendientes.