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Señalización circunstancial

Señalización circunstancial

Se recuerda que; – La señalización, bien sea horizontal, como vertical, y aquella que se coloca circunstancialmente prohibiendo o advirtiendo alguna causa, son objeto de cumplimiento. – El respeto a las normas de circulación, así como aquellas otras derivadas de la convivencia común, contribuyen a la mejora de la sociedad en su conjunto, y el bienestar del municipio. – El incumplimiento, así como la retirada de la señalización, por aquellos que han olvidado las normas de convivencia, entre las que incluimos las de circulación y respeto, contribuyen al malestar de todos. – La señalización se utiliza para evitar ciertos perjuicios que puedan darse, dando salvedades a determinados usuarios por sus circunstancias, pero en ningún momento pueden ser alteradas e incumplidas. – Como ya se ha indicado en otras ocasiones, el mal de unos, es el perjuicio de otros. 

Fuente: Bandomovil Ayuntamiento de Torrejoncillo

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